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Aclaramos mitos comunes sobre SSD

Existen varios conceptos erróneos sobre el seguro de incapacidad del Seguro Social (SSD). Desafortunadamente esos mitos evitan que muchas personas busquen tener los beneficios para los que podrían ser candidatos.

Si usted no puede trabajar por alguna incapacidad, usted se debe a sí mismo considerar si es elegible para obtener beneficios por SSD. Nuestros abogados de Law Offices of Daniel Berger pueden revisar su situación y guiarle para saber si usted califica. Ofrecemos consultas gratuitas.

A continuación, presentamos algunos de los mitos más comunes que hemos conocido sobre SSD.

Mito no. 1: Solo califican para beneficios por SSD solicitantes cerca de la edad de jubilación

Falso. Por lo general, para poder calificar para el SSD, deberá contar con un historial laboral adecuado, pero no necesita estar ni cerca de la edad para jubilarse.

Mito no. 2: Deberá estar incapacitado por un año antes de solicitar beneficios por incapacidad

Falso. Para que su condición pueda calificar como incapacidad se deberá proyectar que durará, por lo menos, un año. Sin embargo, podrá solicitarlos tan pronto como experimente dicha incapacidad. Antes de que sus beneficios comiencen a ser efectivos, existe un periodo de espera de cinco meses a partir de la fecha en la que sufrió dicha incapacidad.

Mito no. 3: Los beneficios por SSD son solo para incapacidad física

Falso. Un trastorno psicológico como el bipolar, depresión, ansiedad y autismo pueden ser tan incapacitantes como una condición en la salud física. Quienes viven con alguna incapacidad mental también tienen derecho a recibir beneficios por este motivo. De hecho, la Administración de Seguridad Social incluye varios trastornos en su lista publicada de incapacidades reconocidas.

Mito no. 4: Si su solicitud inicial fue denegada es porque no tiene suerte

Falso. Existe un proceso bastante sólido de apelaciones para anular denegaciones injustas. Es importante trabajar con un abogado en su apelación para evitar cualquier otro retraso.

Permítanos ayudarle a obtener los beneficios que merece

Podemos luchar por usted en cada paso del proceso, desde la solicitud inicial hasta el proceso de apelación, e incluso frente a la corte federal (algo en los que muchos abogados no sobresalen). Aquí, usted podrá beneficiarse de la experiencia y conocimiento de un equipo legal que se ha enfocado únicamente en ley de incapacidad desde 1996.
Para empezar, por favor contacte a nuestra oficina de Nueva York al 718-691-7475 o contáctenos en línea.